La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) ha creado un mecanismo para proteger el recurso hídrico en el país. A través de una nueva tarifa, las personas contribuyen a proteger una cuenca, naciente o un bosque de recarga cercano a su comunidad. Se definen los ingresos que se requieren para darle la sostenibilidad a los proyectos que presenten los operadores del servicio.
Mediante la Resolución emitida por la ARESEP, RE-0014-IA-2025 de 10 de abril de 2025 a partir del 01 de julio de 2025 rige el cobro de dicha tarifa.
La tarifa de protección del recurso hídrico tiene como propósito generar fondos para cumplir con los siguientes objetivos:
- 1. Estudio Hidrogeológico de las fuentes de agua
- Adquisición de Macro medidores y análisis de calidad en la naciente.
- Promoción de una nueva cultura del agua
La aplicación de esta tarifa es de carácter obligatorio para todas las ASADAS.
En caso de incumplimiento se aplicará lo indicado en el artículo 38 de la Ley 7590 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) que indica:
La Autoridad Reguladora sancionará, cumpliendo con el proceso administrativo previsto en la Ley General de Administración Pública, con la multa de cinco a diez veces el valor del daño causado que ella determine, a quien suministra un servicio público que incurra en cualquiera de las circunstancias siguientes:
a) Cobro de tarifas o precios distintos de los fijados, autorizados o establecidos por la Autoridad Regulatoria, así como el cobro de una tarifa no fijada previamente por la Autoridad Reguladora

